Combustibles: mayo queda como mes puente y el costo fiscal remanente sigue diferido
El Decreto 302/2026 volvió a mover al 1° de junio el tramo pendiente del impuesto a los combustibles. Mayo queda con la carga fiscal ya cuantificada, pero sin el salto completo; la postergación sostiene el esquema parcial vigente y traslada el ajuste remanente al mes siguiente.
El Decreto 302/2026 no cambió la estructura del impuesto a los combustibles, sino su calendario de aplicación. Publicado el 30 de abril de 2026 en el Boletín Oficial, modificó el Decreto 617/2025 y volvió a diferir al 1° de junio de 2026 el tramo remanente de los aumentos sobre nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil.
Para los hechos imponibles entre el 1° y el 31 de mayo de 2026, la norma fijó un incremento de $10,398 por unidad para la nafta y de $9,269 por unidad para el gasoil. En el caso del gasoil con tratamiento diferencial patagónico, el adicional previsto es de $5,019, mientras que el impuesto al dióxido de carbono agrega $0,637 en naftas y $1,056 en gasoil.
La secuencia regulatoria es relevante. El Decreto 217/2026, publicado el 1° de abril de 2026, ya había trasladado ese mismo tramo pendiente al 1° de mayo. Un mes después, el Decreto 302/2026 volvió a moverlo, esta vez al 1° de junio. El resultado es que mayo queda como un mes puente: hay una actualización parcial ya definida, pero el componente remanente sigue diferido.
Para el mercado, la decisión confirma que el calendario tributario sigue siendo una variable directa sobre el precio final de los combustibles. Para el fisco, implica postergar otra vez la aplicación completa de ese tramo impositivo y mantener en mayo un esquema parcial de actualización.
Para los hechos imponibles entre el 1° y el 31 de mayo de 2026, la norma fijó un incremento de $10,398 por unidad para la nafta y de $9,269 por unidad para el gasoil. En el caso del gasoil con tratamiento diferencial patagónico, el adicional previsto es de $5,019, mientras que el impuesto al dióxido de carbono agrega $0,637 en naftas y $1,056 en gasoil.
La secuencia regulatoria es relevante. El Decreto 217/2026, publicado el 1° de abril de 2026, ya había trasladado ese mismo tramo pendiente al 1° de mayo. Un mes después, el Decreto 302/2026 volvió a moverlo, esta vez al 1° de junio. El resultado es que mayo queda como un mes puente: hay una actualización parcial ya definida, pero el componente remanente sigue diferido.
Para el mercado, la decisión confirma que el calendario tributario sigue siendo una variable directa sobre el precio final de los combustibles. Para el fisco, implica postergar otra vez la aplicación completa de ese tramo impositivo y mantener en mayo un esquema parcial de actualización.
Por
Analizo energía desde la disciplina del capital, los costos y la creación de valor. Me apoyo en ratios, spreads, contratos y comparaciones financieras para mostrar qué decisiones destruyen rentabilidad y cuáles fortalecen la posición económica de un proyecto.
Etiquetas:
Sin Etiquetas
Mejores Noticias
Justo Ahora