ARCA reemplaza el control fiscal de combustibles exentos y activa el nuevo esquema desde el 1 de julio

La Resolución General 5835/2026 dejó atrás la RG 3.388 y reordenó el trazado de combustibles líquidos exentos o con tratamiento diferencial. El cambio suma obligaciones de comunicación, registro y ensayos para toda la cadena.
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ARCA reemplazó el régimen vigente para controlar combustibles líquidos exentos o con tratamiento diferencial y fijó una nueva operatoria que empezará a funcionar con el servicio web habilitado desde el 1 de julio de 2026. La Resolución General 5835/2026, publicada en el Boletín Oficial el 20 de abril de 2026, abrogó la RG 3.388 y mantuvo el foco en la trazabilidad más que en la alícuota.

La norma conserva el sistema "marcador/reagente" como método obligatorio de control. Alcanza a los sujetos pasivos del impuesto, a distribuidores, adquirentes y a titulares de estaciones de servicio y bocas de expendio cuando intervienen combustibles gravados que estén exentos total o parcialmente, o que operen con reducción por destino industrial o geográfico. El cambio práctico es que la carga de cumplimiento deja de ser un tema periférico y pasa a ordenar toda la circulación del producto.

Uno de los puntos operativos más sensibles aparece en el artículo 3°. Los sujetos pasivos deberán comunicar a sus clientes y a la Subsecretaría de Combustibles Líquidos qué sistema homologado adoptarán, con una antelación mínima de 45 días corridos a su uso efectivo. Ese plazo existe, pero no reemplaza el dato central del cronograma: el servicio web "Trazado de combustibles" quedará habilitado recién el 1 de julio de 2026.

La transición también quedó definida. El primer período a informar para los regímenes de los artículos 21 y 22 correrá desde la vigencia de la resolución hasta el 30 de junio de 2026, con vencimiento excepcional el 30 de septiembre de 2026. Hasta que el servicio web esté disponible, los ensayos deberán registrarse en un libro rubricado y las irregularidades se comunicarán por Presentaciones Digitales.

Además de informar, la cadena deberá ejecutar ensayos para detectar el marcador en cada descarga y por tipo de combustible recibido, antes de la descarga. Esa exigencia alcanza a distribuidores, adquirentes y estaciones de servicio. El esquema busca cerrar desvíos en beneficios fiscales, pero al mismo tiempo eleva el costo operativo de documentación, verificación y consolidación semestral.

La resolución también endurece el frente sancionatorio. El incumplimiento puede derivar en sanciones bajo la Ley 11.683, en consecuencias previstas por la ley de combustibles y en la obligación de ingresar el tributo omitido cuando una operación no cumpla con las formalidades exigidas. Para los operadores, el nuevo régimen no cambia la tasa del impuesto, pero sí vuelve más exigente y más auditable todo el circuito de exenciones y tratamientos diferenciales.
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Analizo energía desde la disciplina del capital, los costos y la creación de valor. Me apoyo en ratios, spreads, contratos y comparaciones financieras para mostrar qué decisiones destruyen rentabilidad y cuáles fortalecen la posición económica de un proyecto.
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