Paritaria UOCRA 2026: la homologación del tramo marzo-mayo complica la liquidación en construcción

El acuerdo firmado el 31 de marzo y publicado por CAMARCO el 8 de abril combina subas acumulativas, sumas no remunerativas y un aporte solidario del 2%, con impacto directo sobre la nómina del sector.
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La homologación del primer tramo paritario 2026 de la construcción no sólo ordena una escala salarial. También redefine cómo se liquida la nómina entre marzo y mayo. El acuerdo fue firmado el 31 de marzo de 2026 por la UOCRA, la Cámara Argentina de la Construcción y la FAEC, y su homologación fue publicada por CAMARCO el 8 de abril de 2026 bajo la referencia DI-2026-468-APN-DNRYRT#MCH.

Para las categorías del CCT 76/75, el acta dispuso aumentos acumulativos del 2% en marzo, del 1,9% en abril y del 1,8% en mayo. A eso se sumó una estructura de pagos no remunerativos para los tres meses, con montos diferenciados por categoría y por zona, lo que vuelve menos lineal la comparación entre salario básico, costo laboral y desembolso efectivo en cada quincena.

El esquema también precisó la mecánica de pago. La suma no remunerativa de marzo debe abonarse con la segunda quincena de ese mes. Las correspondientes a abril y mayo se pagan en mitades: 50% con la primera quincena y 50% con la segunda. En paralelo, los empleadores comprendidos en el CCT 76/75 deben retener un aporte extraordinario solidario del 2% mensual sobre los salarios sujetos a aportes y contribuciones legales durante el primer tramo paritario abril-mayo de 2026.

La novedad práctica no pasa sólo por el porcentaje firmado. Pasa por la superposición de básicos, sumas no remunerativas y retenciones específicas dentro de un período corto. En un sector donde las liquidaciones dependen de categoría, zona y tipo de obra, esa combinación obliga a revisar parametrizaciones, controles y previsiones de caja para evitar diferencias entre convenio, recibo y costo presupuestado.

Desde una mirada operativa, la homologación deja una señal clara para empresas, estudios y áreas de recursos humanos: el acuerdo no puede leerse como una simple suba porcentual. Es una pauta de administración laboral transitoria que exige seguimiento fino hasta la próxima revisión salarial.
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Escribo sobre regulación, diseño institucional y reformas del sector energético con foco en evidencia comparada. Examino normas, contratos, sanciones y conflictos laborales para identificar fallas del esquema actual y proponer alternativas concretas.
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